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El Gobierno equiparó el tratamiento tributario de las compras realizadas por correo con el sistema courier. Y reglamentó las exportaciones comerciales por vía postal
El Gobierno introdujo modificaciones en el régimen de compras y envíos internacionales mediante una reforma que busca simplificar los procedimientos aduaneros y reducir las diferencias entre los distintos sistemas de ingreso de mercaderías al país.
Las medidas fueron oficializadas este viernes mediante el Decreto 604/2026, publicado en el Boletín Oficial, que modificó el Decreto 1001/82 —reglamentario del Código Aduanero— y derogó el artículo 8° del Decreto 161/99.
La principal novedad para los consumidores es la unificación de los beneficios tributarios entre el sistema puerta a puerta, administrado por el operador postal, y el régimen courier, utilizado por empresas privadas de servicios postales.
Hasta ahora, una misma compra podía recibir un tratamiento impositivo diferente según el canal elegido para ingresar la mercadería al país, una situación que, según el Gobierno, generaba incertidumbre entre los usuarios.
Con la entrada en vigencia de la norma, los envíos postales tendrán el mismo tratamiento que determinadas operaciones realizadas mediante courier.
De esta manera, las compras de hasta USD 400 por envío quedarán exentas del pago de los derechos de importación y de la tasa de estadística, con un límite de cinco envíos anuales por persona.
En caso de superar esos montos o cantidades, el excedente quedará alcanzado por los tributos previstos en el régimen general de importación para consumo.
Además, el decreto establece que tanto el operador postal como el destinatario serán responsables del cumplimiento de las obligaciones tributarias previstas por la legislación vigente.
Antes de esta modificación, el régimen puerta a puerta administrado por el Correo Argentino contemplaba una franquicia mucho más reducida.
La normativa vigente permitía el ingreso de envíos de hasta USD 50, libres de tributos —excepto las tasas retributivas de servicios—, con un máximo de 12 operaciones por año.
En cambio, desde fines de 2024 el régimen courier ya contaba con beneficios más amplios, al permitir importaciones de hasta USD 400, exentas del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística, con un límite de cinco envíos anuales.
Con la nueva disposición, ambos sistemas quedan alineados y pasan a regirse bajo las mismas condiciones tributarias.
La reforma también introdujo un cambio relevante para quienes venden productos al exterior.
Por primera vez, el Gobierno reglamentó las exportaciones comerciales realizadas por vía postal y determinó que este tipo de operaciones no tendrá límites de valor.
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