El Gobierno de Keiko Fujimori busca que el Congreso le otorgue facultades legislativas por 120 días para modificar las reglas que actualmente limitan las tasas de interés de determinados créditos. El pedido plantea modificar el artículo 6 de la Ley 28587 y el artículo 9 de la Ley 26702 para eliminar las disposiciones sobre topes introducidas por la Ley 31143. La propuesta todavía debe ser evaluada por el Parlamento y, de aprobarse, el cambio no significaría que todos los créditos pasen automáticamente a tener tasas más altas.
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Lo que sí cambiaría es el margen de las entidades financieras para decidir cuánto cobrar por prestar dinero. Actualmente existe un techo para determinadas operaciones, mientras que con la reforma los bancos y financieras tendrían mayor libertad para establecer sus tasas según el riesgo de cada cliente.
La discusión, por ello, tiene dos caras. El mismo cambio que podría permitir que una persona hoy excluida consiga un préstamo formal también podría darle a la entidad financiera mayor capacidad para cobrarle por ese riesgo. Y esa diferencia es clave para entender qué está realmente en juego.
La Ley 31143 estableció que el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) determine las tasas máximas de interés convencional compensatorio para determinados créditos de consumo y para préstamos destinados a micro y pequeñas empresas.
Para el periodo mayo-octubre de 2026, el límite para las operaciones en moneda nacional es de 114,13% anual. Esta cifra es un techo y no representa la tasa que pagan todos los usuarios ni la tasa promedio del sistema financiero.
El pedido del Ejecutivo no plantea simplemente elevar ese porcentaje. Busca retirar las disposiciones vinculadas con los topes introducidos por la Ley 31143 y, en paralelo, establecer reglas para mejorar el acceso a la información financiera y la transparencia en la contratación de productos activos.
En términos prácticos, la diferencia sería que una entidad podría aceptar operaciones que hoy descarta porque la tasa necesaria para compensar el riesgo supera el máximo permitido.
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Uno de los principales argumentos del Ejecutivo es que el límite puede terminar excluyendo a personas con menor historial crediticio, bajos ingresos o que solicitan préstamos de montos reducidos.
La SBS comparte ese diagnóstico. La Superintendencia ha señalado que la aplicación de los topes restringió el acceso al crédito de determinados deudores, principalmente de menores ingresos, y favoreció el crecimiento del financiamiento informal. Según su análisis, 216.166 deudores que en abril de 2021 tenían créditos con tasas superiores al primer tope y que no habían caído en default dejaron de aparecer en la base de datos hacia diciembre de 2023. La SBS señala que estos usuarios podrían haber sido excluidos del sistema financiero como consecuencia del tope.
El BCRP también ha encontrado efectos de racionamiento del crédito asociados con los límites. La lógica económica es relativamente sencilla: si una entidad considera que un cliente tiene una probabilidad elevada de incumplimiento, necesita cobrar un mayor precio para compensar ese riesgo. Si la regulación no se lo permite, puede decidir no prestarle.
Esta explicación, sin embargo, es cuestionada por el exviceministro de Promoción del Empleo Fernando Cuadros. A su juicio, eliminar el límite no necesariamente ampliaría el acceso al crédito, porque el problema para las MYPES no se reduce a la posibilidad de que las entidades puedan cobrar más por asumir riesgo. "Ahí el problema es el costo del crédito", sostuvo.
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Si desaparece el tope, el primer efecto podría ser que algunos clientes considerados demasiado riesgosos vuelvan a recibir ofertas de financiamiento formal.