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Nevaco Global
26 de octubre de 2026

¿Cuántos perfumes, zapatos y celulares puedes traer a Ecuador sin pagar impuestos?; esto dice la Aduana

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La Senae detectó 182 perfumes, splash y cremas en los equipajes de dos pasajeras procedentes de Panamá, durante controles en el aeropuerto de Quito.

Comprar perfumes, ropa o dispositivos electrónicos durante un viaje es habitual. Sin embargo, al regresar a Ecuador existen límites sobre los artículos que pueden ingresar como efectos personales, sin pagar tributos aduaneros.

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) reportó dos casos recientes en el aeropuerto Mariscal Sucre de Quito.

En uno de ellos, dos pasajeras procedentes de Panamá transportaban 110 perfumes, 39 splash y 33 cremas. Un total de 182 productos que, según la institución, se encontraban en cantidades que evidenciaban fines comerciales.

En otro control, funcionarios detectaron a dos pasajeros provenientes de España con 67 y 45 pares de zapatos, respectivamente. La Aduana señaló que las cantidades excedían las correspondientes al equipaje personal.

Ante estos casos, ¿qué se puede traer del exterior y cuáles son las cantidades permitidas?

Según el artículo 23 de la Resolución SENAE-SENAE-2026-0041-RE, emitida el 3 de mayo de 2026, los límites para productos en envases nuevos son:

Los límites se calculan por volumen, no por número de frascos. Por ejemplo, cinco perfumes de 100 mililitros completan los 500 mililitros permitidos para un pasajero.

En el caso de cremas, splash y lociones, el volumen máximo corresponde a la suma de estos productos, no a un límite individual para cada categoría.

La normativa de la SENAE reconoce las prendas de vestir como efectos personales, siempre que su cantidad y valor no evidencien fines comerciales.

No establece un número fijo de prendas o pares de zapatos que pueda traer cada pasajero. En estos casos, la autoridad aduanera evalúa las características de los artículos y las circunstancias del ingreso.

Por ello, transportar varios productos nuevos del mismo modelo o en cantidades incompatibles con el uso personal puede motivar una revisión.

La resolución establece que cada pasajero puede traer una unidad nueva y una usada de determinados dispositivos, entre ellos:

Para otros equipos, la norma contempla hasta una unidad, nueva o usada, por pasajero o grupo familiar:

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