La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación 2026 que destinan al menos 10 por ciento de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
El pleno determinó que la asignación deriva de su reconocimiento constitucional como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, lo que les permite recibir y administrar los recursos presupuestales que les correspondan.
Al resolver 12 controversias constitucionales, explicó que, aunque las aportaciones del FAIS forman parte de la hacienda municipal, su destino está sujeto a los fines establecidos en la legislación federal. Por ello, la entrega directa respeta la autonomía de los municipios y armoniza sus atribuciones con los derechos de esas comunidades.
La Corte también sostuvo que las facultades de coordinación y regulación de la Secretaría de Bienestar no sustituyen las competencias municipales ni la convierten en una autoridad intermedia prohibida por la Constitución. Sus lineamientos deberán ajustarse a la legislación aplicable.
En otro asunto, revocó el desechamiento de un amparo presentado por habitantes de Mahahual, Quintana Roo, contra cambios de uso de suelo en 107.67 hectáreas destinadas a un megaproyecto. Los promoventes señalaron riesgos ambientales, falta de participación ciudadana y posibles afectaciones al agua potable y al tratamiento de aguas residuales.
El tribunal ordenó al juzgado revisar la admisión, pues no había elementos suficientes para concluir que la demanda fuera extemporánea. Aclaró que la decisión no resuelve la legalidad de los cambios ni acredita daños ambientales.
Además, validó el arancel temporal de 30 por ciento para determinadas mercancías de papel, incluido el bond, establecido en un decreto de abril de 2024. Consideró que el Ejecutivo justificó la medida para apoyar la producción y la economía nacionales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) garantizó este 21 de octubre de 2026 la asignación directa de al menos el 10% del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
En sesión de Pleno, los ministros confirmaron la constitucionalidad del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026, estableciendo que dicha entrega directa deriva del reconocimiento constitucional de estas comunidades como sujetos de derecho público, dotados de personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad para administrar asignaciones presupuestales.
Hoy la #SCJN fortaleció el reconocimiento de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas al garantizar que reciban y administren directamente asignaciones presupuestales, lo que contribuye a cerrar brechas de desigualdad. Además, resolvió otros asuntos relevantes… pic.twitter.com/Kn8tVv8jSH
El Pleno del Máximo Tribunal precisó que esta medida cumple con el mandato del artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reducir la desigualdad.
Asimismo, la SCJN aclaró que la asignación respeta la autonomía municipal debido a que el destino de las aportaciones del FAIS obedece a fines federales y que la coordinación conferida a la Secretaría de Bienestar no constituye una autoridad intermedia prohibida.
La determinación se dio al resolver las controversias constitucionales 2, 23, 28, 29, 32, 34, 36, 37, 41, 38, 31 y 30, todas correspondientes a 2026.
En la misma sesión, la SCJN revocó el desechamiento de una demanda de amparo interpuesta por pobladores de Mahahual, Quintana Roo, referente al caso Queja 25/2026.
Los habitantes impugnaron la modificación del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Mahahual 2021-2050 por probables afectaciones ambientales, falta de participación ciudadana y riesgos en el suministro de agua derivados del desarrollo de un megaproyecto en 107.67 hectáreas.