El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, en el Despacho Oval de la Casa Blanca, el 3 de junio de 2026. Imagen referencial.
La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) propone imponer nuevos aranceles o sobretasas a 60 economías, entre esas Ecuador, por la falta de imposición y aplicación efectiva de prohibiciones para la importación de productos elaborados bajo trabajo forzoso.
Para ello, la USTR realizó investigaciones particulares sobre los incumplimientos en esta materia laboral, en las 60 economía. Estas investigaciones comenzaron el 12 de marzo de 2026, con base en la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, que tiene como finalidad abordar políticas o prácticas desleales que afecten el comercio estadounidense.
Según el informe de la USTR, publicado el 2 de junio de 2026, un grupo de 54 países no ha logrado imponer ni hacer cumplir de manera eficaz la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzoso. Para esas economías, el arancel propuesto es de 12,5%.
Sobre otras seis economías, el informe señala que "no han logrado hacer cumplir de manera efectiva la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzoso". En este grupo están Ecuador, Canadá, la Unión Europea, Indonesia y México; siendo el arancel propuesto de 10%.
Actualmente, los productos ecuatorianos que se importan a Estados Unidos están gravados con una sobretasa de 10%, pero ese arancel vence el próximo 24 de julio. Por lo que el nuevo arancel podría sustituir a esta sobretasa.
Para la USTR, no imponer una prohibición o no hacer que se cumpla de manera eficaz socava el objetivo universal de eliminar el trabajo forzoso y permite que las empresas que se valen del trabajo forzoso produzcan bienes a un menor costo, distorsionando las condiciones de mercado.
Además, supone una carga o restricción al comercio estadounidense, al someter a los productos estadounidenses a una competencia desleal.
Las medidas propuestas por Estados Unidos están sujetas a un período de comentarios públicos antes de que se adopte una decisión final. La USTR recibirá comentarios hasta el 6 de julio.
El Representante Comercial destaca en su informe que Ecuador es una de las seis economías, entre las 60 investigadas, que sí ha impuesto una prohibición a la importación de productos elaborados bajo trabajo forzoso.
La USTR menciona que el Acuerdo de Comercio Recíproco (ART), firmado entre Ecuador y Estados Unidos el pasado 13 de marzo de 2026, incluye compromisos para prohibir la importación de bienes producidos con mano de obra involuntaria.
Posteriormente, el 29 de abril de 2026, el Comité de Comercio Exterior (Comex) aprobó la Resolución N° 005-2026, que impone una prohibición general a la importación a Ecuador de bienes producidos, total o parcialmente, con trabajo forzoso, señala el informe.
"Si bien reconocemos que Ecuador impuso recientemente dicha prohibición, no existen pruebas de investigaciones, incautaciones u otras medidas coercitivas realizadas hasta la fecha", determina la investigación.
Además, considera que Ecuador tampoco ha tomado medidas con respecto a los bienes que presentan un riesgo conocido de trabajo forzoso ni ha "abordado de manera integral la producción de bienes procedentes de trabajo forzoso en regiones de interés".
Por lo tanto, según la USTR, "Ecuador presenta deficiencias en la aplicación de su prohibición de importación de bienes procedentes de trabajo forzoso de manera que produzca el efecto deseado".