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Nevaco Global
24 de agosto de 2026

Las nuevas pautas del régimen de courier de ARCA para las compras en Shein y Temu

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El Decreto 604/2026, publicado el 17 de julio de 2026, estableció una reforma integral al régimen de envíos postales en la República Argentina. Su objetivo central es la eliminación de barreras estatales y la simplificación de procesos de comercio exterior para fomentar la inserción del país en el mercado mundial.

Entre las medidas más críticas se destaca la eliminación de límites de valor para exportaciones comerciales por vía postal y la unificación de beneficios tributarios para importaciones. Se establece una exención de derechos de importación para envíos de hasta u$s400, con un límite de cinco envíos anuales por persona, igualando las condiciones entre el operador postal designado y los prestadores privados (Courier). La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) queda designada como la autoridad encargada de la implementación operativa.

El decreto se fundamenta en compromisos internacionales históricos y en la necesidad de actualizar la normativa aduanera a las exigencias del comercio electrónico actual.

Compromisos Internacionales: Se ratifica la adhesión de Argentina a la Unión Postal Universal (Tratado de Berna de 1874), que busca perfeccionar los servicios postales y facilitar la comunicación entre Estados mediante tratamientos aduaneros simplificados.

Marco Normativo Nacional: La medida se apoya en el Código Aduanero (Ley N° 22.415) y se alinea con los objetivos del Decreto N° 70/23, que busca la reconstrucción económica mediante la eliminación de restricciones estatales.

Justificación de la Reforma: El documento señala una "histórica ausencia de reglamentación específica" para la exportación comercial vía postal, lo que perjudicaba especialmente a pequeños productores y al comercio electrónico transfronterizo.

La normativa busca profesionalizar y expandir la capacidad exportadora de sujetos que no realizan operaciones tradicionales de gran volumen.

Eliminación de Límites: Se establece que las exportaciones comerciales realizadas por vía postal no estarán sujetas a límites de valor.

Objetivo: Fomentar la inserción de empresas en el mercado internacional, facilitando una vía alternativa y simplificada para quienes no están habituados al comercio exterior tradicional.

Exenciones: Quedan exentas de tributos que graven la exportación para consumo, a excepción de las tasas retributivas de servicios.

Límites: El valor acumulado por mes y por remitente no debe exceder los 5.000 dólares

Uno de los pilares del decreto es terminar con la incertidumbre del consumidor al unificar los criterios tributarios entre los diferentes canales de ingreso de mercadería.

El decreto iguala las condiciones para envíos a través del operador postal oficial y los Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier):

Verificación: El servicio aduanero mantiene la facultad de verificar la mercadería. La apertura del envío se realizará, de considerarse pertinente, en presencia del interesado o del personal del Operador Postal.

Representación Automática: El Operador Postal queda autorizado para actuar en representación del destinatario, a menos que este manifieste lo contrario de forma fehaciente antes del ingreso del envío al país.

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