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Nevaco Global
16 de agosto de 2026

Una feroz criatura marina atraída por El Niño motiva una campaña de investigación nocturna en Perú

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El Ministerio de la Producción (PRODUCE) de Perú emitió la Resolución Ministerial Nº 00269-2026-PRODUCE, autorizando al Instituto del Mar del Perú (IMARPE) para ejecutar la Operación Calamar Gigante V entre el 23 y el 29 de agosto de 2026.

El objetivo principal es determinar los indicadores biológico-pesqueros del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en el dominio marítimo nacional, una medida que busca fortalecer la base científica para la gestión sostenible de este recurso estratégico.

La operación se fundamenta en la necesidad de obtener información precisa sobre la dinámica poblacional del calamar gigante, cuya variabilidad se ha evidenciado en los datos científicos de 2025 y 2026.

El IMARPE resaltó la urgencia de reforzar la recolección sistemática de muestras biológicas que permitan actualizar los indicadores reproductivos y alimentarios. El Estado considera al calamar gigante como patrimonio nacional.

El plan incluye 30 embarcaciones pesqueras, cada una con hasta 32,6 m³ de capacidad de bodega, que deberán cumplir una serie de requisitos técnicos y normativos.

El IMARPE definió como objetivo general caracterizar los principales indicadores biológico-pesqueros del calamar gigante. Entre los objetivos específicos figuran:

Las embarcaciones participantes deberán operar en áreas designadas por el IMARPE, con pesca nocturna mediante línea potera y bajo estricta supervisión de observadores científicos. Se exige además la entrega de muestras biológicas y el registro electrónico de información operacional y biométrica.

La Resolución Ministerial Nº 00269-2026-PRODUCE establece que el IMARPE podrá modificar el desarrollo o duración de la operación ante la ocurrencia de factores que afecten la toma de datos.

Las embarcaciones seleccionadas deberán contar con permiso de pesca vigente, sistema satelital operativo y participar en capacitaciones previas organizadas por IMARPE. Además, deben garantizar la seguridad del personal científico embarcado.

El monitoreo incluye la recolección de información por observadores y la elaboración de informes preliminares y finales. El informe final deberá ser presentado dentro de los 15 días posteriores a la culminación de la operación.

Paralelamente, la resolución autoriza una prospección pesquera del calamar gigante del 30 de agosto al 26 de septiembre de 2026.

Este estudio, que contempla la participación de embarcaciones artesanales bajo condiciones específicas, busca estimar la abundancia relativa y registrar información clave durante el evento climático El Niño 2026-27.

Las embarcaciones deberán entregar ejemplares enteros de diferentes tallas y cumplir con una cuota máxima de captura por faena, condiciones que se detallan en el anexo de la resolución. El IMARPE monitoreará la actividad y podrá recomendar la suspensión parcial o total si la evidencia científica así lo exige.

A mediados de 2026, el Ministerio de la Producción amplió el límite máximo de captura total permisible (LMCTP) del calamar gigante a 479.311 toneladas para todo el año, según la Resolución Ministerial Nº 000141-2026-PRODUCE.

Esta decisión, sustentada en informes del IMARPE, respondió a la recuperación del recurso tras El Niño y estableció controles estrictos de trazabilidad y monitoreo digital para más de 3.000 embarcaciones artesanales, asegurando la sostenibilidad de un recurso que aporta el 40% de las exportaciones nacionales de productos congelados y sostiene a más de 30.000 personas en la cadena productiva peruana.

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