Las compras online en el extranjero de hasta US$500 están afectas a un IVA de 19% en Chile. ¿Cómo se calcula y cuánto terminarás pagando por un producto comprado fuera del país?
Comprar ropa, tecnología, accesorios u otros productos en plataformas internacionales se volvió parte de la rutina de muchos consumidores chilenos. Sin embargo, desde octubre de 2025 cambió la forma en que se aplica el IVA a las compras de bienes realizadas de manera remota en el extranjero.
La modificación, establecida por la Ley N°21.713 sobre Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, comenzó a regir el 25 de octubre de 2025 y establece un IVA de 19% para los bienes ubicados en el extranjero que son comprados de manera remota por consumidores finales en Chile, siempre que su valor no supere los US$500 y se cumplan las demás condiciones establecidas por la normativa.
Antes de la modificación, existía una franquicia para determinados envíos de bajo valor. El nuevo sistema cambió el momento en que se aplica el impuesto.
Ahora, cuando una persona en Chile compra un producto de hasta US$500 a través de una plataforma o comercio extranjero inscrito ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), el 19% de IVA se cobra directamente al momento de la compra.
La principal ventaja es que, si el IVA fue efectivamente cobrado por la plataforma, al ingresar a Chile el producto queda exento del pago de aranceles e IVA de importación, evitando una doble tributación.
En términos simples, una compra de US$100 pasa a costar US$119 si el precio publicado no incluía previamente el impuesto.
El precio final sería de US$297,50, antes de considerar otros costos que eventualmente pueda cobrar el vendedor, como transporte, dependiendo de cómo esté estructurada la operación.
El límite establecido por la normativa es de US$500 para este régimen.
Si la compra se realiza mediante una plataforma inscrita y cumple las condiciones del régimen, el consumidor paga esos US$95 de IVA al momento de la compra y la importación queda exenta de aranceles e IVA de importación.
En ese caso, el consumidor no debería volver a pagar el IVA al momento de la importación, siempre que se trate de una operación que cumpla las condiciones del régimen.
Esta es precisamente una de las principales modificaciones: el impuesto se cobra en la venta remota y no nuevamente cuando el producto ingresa a Chile.
Si el comercio o plataforma extranjera no está inscrito en el sistema simplificado del SII, la compra puede realizarse sin que se cobre el IVA en el momento de la venta. En ese caso, al llegar el producto a Chile, el consumidor deberá pagar el IVA correspondiente mediante el procedimiento establecido por Aduanas.
Por eso, antes de comprar, es recomendable revisar si el comercio o plataforma aparece en el listado de entidades inscritas que mantiene el SII.
Las compras que superan el límite de US$500 no quedan dentro de este régimen simplificado para bienes de bajo valor.