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Nevaco Global
20 de septiembre de 2026

Reforma a Ley de tránsito precisa uso de sillas infantiles en autos de Ecuador

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Las sillas de seguridad para bebés y niños podrían dejar de ser una decisión voluntaria para las familias que se movilizan en vehículos particulares en Ecuador. Una reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial plantea que los niños y niñas sean transportados obligatoriamente en sistemas de retención infantil debidamente homologados por entidades de acreditación.

La reforma fue aprobada en segundo debate por el Pleno de la Asamblea Nacional el pasado 3 de septiembre.

La reforma propone incluir un artículo que obligue el uso de los Sistemas de Retención Infantil. El texto dice lo siguiente:

Las condiciones de uso, especificaciones técnicas, categorías de dispositivos y parámetros de seguridad deberán ser establecidos por la autoridad competente, de conformidad con los estándares internacionales vigentes.

Actualmente, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece, en su artículo 391, una contravención de sexta clase para el conductor de un vehículo automotor particular que transporte a niños sin las medidas de seguridad correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en los reglamentos de tránsito.

La infracción se sanciona con una multa equivalente al 10% de un salario básico unificado. Es decir, 48.20 dólares, según el salario 2026.

Según Andrea Cordero, técnica en Seguridad del Niño Pasajero, la legislación anterior señalaba que los menores de 12 años debían viajar con las seguridades correspondientes en los asientos traseros, pero no definía cuáles eran esas medidas. La reforma incorpora de forma puntual el término “sistemas de retención infantil”, que incluye sillas de auto, portabebés y asientos elevadores.

La especialista aclara que los cinturones de seguridad no constituyen sistemas de retención infantil y que esa es la principal modificación planteada en el texto reformatorio.

Los viajes largos, de hasta ocho horas, forman parte de la rutina de la familia de Carolina Morales. Con frecuencia, ella, su esposo y su bebé de un año se trasladan desde Quito hacia Guayaquil o Tena para reencontrarse con sus familias.

En cada viaje, además de las maletas, hay un elemento que nunca falta: la silla de seguridad para su bebé. Desde el embarazo, esta madre primeriza tuvo claro que el sistema de retención infantil sería algo “no negociable”. Su decisión no se limita a los trayectos largos: también utiliza la silla en los desplazamientos más cortos dentro de la ciudad. “Mi idea era que Eduardo desde el primer momento que salga del hospital, se vaya en la sillita”.

Para Morales, llevar a su hijo seguro en el vehículo es parte de la planificación de cada recorrido, sin importar la distancia.  “Considero que las sillas de seguridad son indispensables porque van a salvaguardar la seguridad del bebé, ya que ellos aún no tienen desarrollado sus huesos como un adulto, y si hay algún freno brusco corren el riesgo de lastimarse el cuello y la columna y pueden quedar con una secuela, incluso llevarlos a la muerte…”, opina.

Según la National Highway Traffic Safety Administration, de Estados Unidos, los sistemas de retención infantil reducen el riesgo de fallecimiento entre 75% y 80%, y brindan una protección de hasta el 90% frente a lesiones.

Cordero enfatiza que las sillas de seguridad no son un accesorio infantil más. Su elección debe hacerse con responsabilidad y no basarse únicamente en aspectos como el color o el precio. “Las sillas de auto están dentro de los sistemas de seguridad pasiva de los vehículos, es decir, los airbags, el cinturón de seguridad, los apoyacabezas”, indica.

“Es hora de que lo veamos como un sistema de seguridad que va a proteger la vida del bebé”, acota.

Los sistemas de seguridad enfatizan que todo niño menor a 12 años o que mida menos a 1.50 metros debe trasladarse en sistemas de contención infantil cuando van en un auto particular.

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