Una ofensiva alineada con la “doctrina Donroe”
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El Régimen de Incentivos para Medianas Inversiones (RIMI) requiere de un umbral mínimo de inversión, según la categoría Mipyme, pero la misma puede concretarse a través de varias adquisiciones. ARCA crea un sistema de registro hasta llegar al monto exigido.
ARCA implementa un sistema para registrar las inversiones mipymes acumuladas para habilitar los beneficios
El Régimen de Incentivos a las Medianas Inversiones (RIMI) dispone que las inversiones productivas deben realizarse durante los dos primeros años de vigencia del régimen y deben ser igual o superior a los siguientes montos en dólares, en función del tamaño de la empresa:
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Para las microempresas, U$S 150.000; de tratarse de pequeñas empresas, U$S 600.000; en caso de medianas empresas Tramo 1, U$S 3.500.000 y para medianas empresas Tramo 2, U$S 9.000.000.
No obstante, hay inversiones que se verán promocionadas independientemente del monto de la inversión involucrada. No juega el requisito de importe mínimo para las inversiones productivas efectuadas en sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario y en bienes semovientes. Como se observa, con preeminencia para el sector agropecuario.
Así las cosas, en el marco de la charla sobre Ley de Modernización Laboral, organizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA (CPCECABA), expusieron funcionarios de distintas áreas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sobre los distintos aspectos que abarca esa ley.
Uno de los temas expuestos tuvo como eje al RIMI sus condiciones y características, en cuyo desarrollo se anunció la creación de un nuevo sistema para el seguimiento de las inversiones ya que no es necesario hacer el 100% de la inversión en una sola factura, como se precisó.
En efecto, se destacó que la inversión puede conformarse de distintas adquisiciones hasta llegar al umbral mínimo exigido.
En ese orden, los funcionarios anunciaron que ARCA está elaborando una resolución general que implementará un sistema de registro de inversiones que pondrá a disposición en las próximas semanas donde el contribuyente irá cargando sus compras o importaciones de bienes nuevos amortizables.
El contribuyente podrá ir incorporando las distintas facturas que acreditan las compras de sus inversiones y a medida que se vayan agregando las adquisiciones el sistema mostrará el monto de inversiones que se van acumulando. Una vez que se llega al monto mínimo exigido, según la categoría mipyme del contribuyente, el sistema les permitirá seleccionar el beneficio fiscal y acceder a su goce.
La reglamentación e instrumentación se estima disponible la semana próxima.
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