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Nevaco Global
27 de agosto de 2026

El Gobierno facilitó la importación de autos desde EE.UU.: qué vehículos ya no deberán homologarse en el país

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El Gobierno nacional modificó la reglamentación general de la Ley de Tránsito para simplificar el proceso de homologación de vehículos importados desde Estados Unidos. Lo hizo a través del Decreto 796/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

Así, el Ejecutivo reconoció como documentación válida para acreditar el cumplimiento de los requisitos de seguridad activa y pasiva a la denominada “Blue Ribbon Letter”, el certificado emitido por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA), el organismo de tránsito de los Estados Unidos.

La medida, que lleva la firma del presidente Javier Milei y de los ministros Diego Santilli y Luis Caputo, modifica el artículo 28 de la Reglamentación General de la Ley N° 24.449, que establece las condiciones que debe cumplir todo vehículo 0KM, ya sea fabricado en el país o importado, para poder circular en la vía pública.

Según la ley de tránsito, todos los vehículos automotores, acoplados y semiacoplados de producción seriada deben contar con una Licencia de Configuración de Modelo (LCM), que acredita el cumplimiento de los requisitos de seguridad, y con una Licencia de Configuración Ambiental (LCA), vinculada a emisiones contaminantes, ruidos vehiculares y radiaciones parásitas.

Ambas licencias son otorgadas por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa y por la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes, respectivamente, aunque la propia normativa permite validar total o parcialmente certificaciones ya emitidas por otros organismos internacionales.

El decreto explica que el régimen regulatorio vigente en los Estados Unidos para la comercialización de autos se basa en un esquema de autocertificación. Es decir, es el propio fabricante quien asume la responsabilidad de cumplir con las Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS), las normas técnicas de seguridad activa y pasiva de ese país, mientras que la NHTSA ejerce funciones de supervisión, investigación y fiscalización posterior.

En ese marco, la Blue Ribbon Letter es el documento que emite la NHTSA dentro de ese régimen de autocertificación. El Gobierno argentino consideró que ese mecanismo resulta “funcionalmente equivalente” al sistema de homologación previsto en la legislación nacional, ya que permite verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos para la circulación de los vehículos.

Con la reforma, se homologarán en la Argentina aquellos vehículos que cuenten con el aval de la Blue Ribbon Letter, siempre que en el documento consten la marca, el modelo y el número de identificación vehicular (VIN), en lo referido al identificador del fabricante y a la sección descriptiva del vehículo.

El decreto aclara que este reconocimiento no exige el cumplimiento de ningún requisito de seguridad adicional al ya exigido por la NHTSA, aunque la autoridad de aplicación argentina podrá establecer criterios específicos según el origen de fabricación de los vehículos y las categorías alcanzadas.

La norma también prevé la posibilidad de instrumentar un mecanismo de consultas con la NHTSA para acceder a información vinculada a las certificaciones o a eventuales acciones de fiscalización sobre los modelos homologados bajo este esquema.

El decreto, por otra parte, establece que el reconocimiento de la Blue Ribbon Letter no limita las facultades de fiscalización de la autoridad argentina ni exime a fabricantes e importadores de las responsabilidades derivadas de la comercialización de los vehículos.

Además, todo fabricante o importador que homologue un modelo bajo este esquema deberá informar de manera inmediata a la autoridad competente cualquier sanción, investigación, incumplimiento o campaña de retiro (recall) que disponga la NHTSA sobre esos vehículos, y estará obligado a replicar en la Argentina las acciones correctivas que se apliquen en Estados Unidos.

Por otra parte, todos los componentes, piezas y autopartes destinados a los vehículos, acoplados y semiacoplados que se fabriquen o importen en el país serán de comercialización, producción e importación libre, sin requerir autorización previa, aunque los fabricantes e importadores seguirán siendo responsables de que esas piezas cumplan con las especificaciones técnicas establecidas por la normativa.

La nueva flexibilización se da también en el marco de un acuerdo que YPF hizo con la estadounidense Tesla. Hace pocos días, el titular de la petrolera, Horacio Marín, se explayó sobre el acuerdo que firmaron con la fabricante de autos eléctricos de Elon Musk. “Somos la primera que dimos este acuerdo”, aseguró.

Este permitirá, en una primera fase, que quienes adquieran autos eléctricos puedan llegar sin problemas de carga de Buenos Aires a la Costa Atlántica y distintos puntos del país.

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